¿Puedo mover el equipo después de instalarlo?

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El equipo debe permanecer en el lugar indicado en el Formulario 471 por un período de tres años después de la fecha de compra. Después de eso, el equipo puede ser transferido a otras entidades elegibles. Si una localización cierra dentro de los tres primeros años, el equipo de esa ubicación cerrada puede ser transferido a otra entidad elegible; sin embargo, USAC debe ser notificado de tales transferencias de equipo. Después de cinco años a partir de la fecha de instalación, el equipo puede ser eliminado, vendido, transferido o comercializado sin necesidad de notificación a USAC. Si los equipos se venden después de 5 años, no se requiere ninguna financiación para ser devueltos a USAC.